ACCIONES PARA CONTROL DE INGRESO DE VEHÍCULOS QUE PERNOCTAN:


  • El APR de los puestos de cochera deberá registrar los vehículos que pernoctan en el horario de 10pm hasta las 06am del día siguiente. 

  • A las 05am Cecon Monitoreo, se comunicara con el APR para solicitar el registro de los vehículos que pernoctaron durante la noche, siendo esta confirmada por Cecon Monitoreo  a las 06am.

 El APR deberá registrar en el cuaderno de ocurrencia los siguientes datos:

  • Nombre completo y DNI.
  • A qué lugar se dirige y el motivo de su visita.
  • Hora de ingreso y número de placa.




 

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